Los acuerdos prematrimoniales han sido considerados tradicionalmente como símbolos de desconfianza y control. Aun así, a pesar de cuan incómodas pueden ser las conversaciones sobre los acuerdos prenupciales para las parejas y sus familias, dichas conversaciones pueden servir una serie de propósitos importantes, que incluyen: 

  • Conservar el patrimonio familiar, independientemente de cómo se defina, dentro de la familia que lo generó, así como protegerlo durante muchas generaciones. 
  • Establecer un conjunto de normas acordadas ya sea por la pareja o entre la pareja y sus familias, que rija la enajenación del patrimonio tras la disolución del matrimonio (ya sea mediante un divorcio o por la defunción de uno de los cónyuges). 
  • Proporcionar una oportunidad sana para que la pareja discuta sus finanzas de una manera abierta y productiva, así como crear una filosofía conjunta referente al patrimonio. 
  • Integrar un futuro cónyuge a la familia. 

La creación de un acuerdo prenupcial exitoso se puede lograr únicamente si todas las partes (la pareja, los padres y demás partes involucradas) conocen el proceso y participan de una comunicación franca y confiada con una mentalidad abierta en la que escuchen y sean escuchados, teniendo el compromiso de resolver los problemas sin herir los sentimientos y sin tener resentimiento.

¿Qué es un acuerdo prematrimonial?

Un acuerdo prenupcial es un contrato entre dos personas que pronto se casarán, mediante el cual acuerdan las normas de su relación, en particular en lo referente a sus bienes. El acuerdo puede establecer las normas que se aplican durante el matrimonio y tras su disolución en cuanto a la enajenación de bienes. Es importante recordar que todos los matrimonios llegan a su fin en algún punto, ya sea debido a un divorcio o a la defunción de uno de los cónyuges. 

Cada estado tiene leyes propias que dictan lo que sucede con los bienes cuando un matrimonio llega a su fin. Estas leyes pueden diferir ampliamente de un estado a otro, y el estado en el que comienza un matrimonio puede no ser el estado en el que dicho matrimonio termina. Un acuerdo prenupcial es la oportunidad que tiene una pareja de decidir qué sucederá si el matrimonio llega a su fin (ya sea por divorcio o defunción) en lugar de depender de los dictados y la incertidumbre de la ley estatal.

¿Quién debe considerar un acuerdo prenupcial?

Cualquier pareja puede crear un acuerdo prematrimonial. Sin embargo, dichos acuerdos se deben considerar (y son particularmente comunes) cuando:

  • Una persona (o la familia de una persona) tiene una cantidad significativamente mayor de activos o deudas que la otra.
  • Una persona o la familia de una persona posee una empresa familiar.
  • Una persona o la familia de una persona tiene activos especiales (como obras de arte, antigüedades o joyas, entre otros) que desean que permanezcan en dicha familia.
  • Una o ambas personas tienen hijos de un matrimonio previo y desean heredar bienes a esos hijos.
  • Una o ambas personas son profesionales que cuentan con educación, credenciales o licencias especiales y desean conservar sus mayores ingresos y posibles ingresos. 

Contenido

La mayoría de los acuerdos prenupciales definen las normas referentes a los bienes de la pareja. Una pareja puede definir las reglas para gestionar sus bienes durante el matrimonio, así como la división de dichos bienes una vez que el matrimonio llegue a su fin (ya sea por la defunción de uno de los cónyuges o debido al divorcio). La pareja también puede definir normas con respecto a cómo cubrir la manutención conyugal.

Apoyo

Por lo general, mientras están casados, los cónyuges deben mantenerse económicamente el uno al otro y a sus hijos cubriendo las necesidades de la vida. Los cónyuges pueden acordar cómo gestionarán sus finanzas y qué cónyuge pagará qué gastos domésticos. Aunque tales acuerdos normalmente son informales, se pueden formalizar en un acuerdo prenupcial. 

Si los cónyuges se divorcian, un acuerdo prenupcial puede exigir que uno de los cónyuges brinde apoyo financiero al otro. La manutención conyugal o pensión alimenticia es un pago que realiza un cónyuge que se divorcia de otro, generalmente por un periodo de años tras la disolución del matrimonio por el divorcio. El monto de la manutención, la duración de la misma y todo aumento de la manutención durante ese período son todos aspectos separados que deben considerarse. 

Los padres deben proveer la manutención de sus hijos menores de edad. Los acuerdos relativos a la manutención de los hijos, en particular tras la terminación del matrimonio, por lo general no se permiten en un acuerdo prenupcial. Sin embargo, es posible que los cónyuges acepten acuerdos financieros que se puedan emplear con respecto a los hijos, por ejemplo, mantener cierta cantidad de cobertura de seguro de vida, asignar determinados costos para la educación privada y requerir la creación de fideicomisos.

Propiedad

La división de activos cuando un matrimonio llega a su fin (ya sea mediante un divorcio o por una defunción) es otra parte importante de un acuerdo prenupcial. Si no hay un acuerdo prenupcial, las leyes estatales definen cómo se dividen los activos tras un divorcio. Hay dos sistemas generales para dividir la propiedad tras un divorcio: los sistemas del derecho común y los sistemas de propiedad comunitaria. Los matices de la legislación de cada estado pueden significar que incluso estados que utilizan el mismo sistema general (bienes gananciales o derecho común) podrían clasificar los bienes de manera diferente. Antes de formalizar cualquier acuerdo, es fundamental que consulte con un abogado con experiencia y licencia para ejercer la abogacía en el estado que regirá el acuerdo. 

Por lo general, en los estados que se rigen por los bienes gananciales, los activos que se adquieran después del matrimonio son propiedad de ambos cónyuges por partes iguales (sin importar a nombre de quién estén). Los activos adquiridos antes del matrimonio se pueden clasificar como bienes separados o algún tipo de bienes mixtos. En los estados que se rigen por el derecho común, los activos conyugales por lo general se dividen de forma equitativa (distribución equitativa). Básicamente, el tribunal que disuelve el matrimonio decide lo que representa la división justa de la propiedad. Los activos que se consideran bienes conyugales normalmente están sujetos a la división, mientras que los activos que se consideran bienes separados por lo general no están sujetos a esta. 

Un acuerdo prenupcial puede cambiar las normas de la ley estatal con respecto a la división de bienes. El acuerdo puede definir, por ejemplo, qué activos (o clases de activos) son bienes separados no sujetos a división; limitar qué bienes (o cuánto valor) pueden asignarse a un cónyuge; incluir una escala móvil, asignando más bienes a un cónyuge en un matrimonio más largo; o proporcionar alguna otra división exclusiva de la pareja y sus activos. 

Cuando un matrimonio termina debido al fallecimiento de uno de los cónyuges, se tienen en cuenta otros derechos de propiedad. Casi todos los estados prohíben que un difunto desherede por completo a un cónyuge. La forma en que se calcula la suma pagadera al cónyuge supérstite y los bienes que se incluyen en el cálculo pueden variar considerablemente de un estado a otro. Además, los conceptos de bienes conyugales y bienes separados pueden no aplicarse cuando un cónyuge fallece, ya que muchos estados calculan la parte que le corresponde al cónyuge supérstite sobre la base del valor de todos los bienes que se poseen al fallecer, cualquiera que sea la forma en que fueron adquiridos. Se debe tener en cuenta que dejar un fideicomiso para el cónyuge supérstite tal vez no satisfaga el monto mínimo requerido, lo que posiblemente permita que el cónyuge supérstite elija entre aceptar el fideicomiso o tomar directamente el monto reglamentario mínimo. 

Los derechos del cónyuge superviviente pueden ser objeto de renuncia en un acuerdo prematrimonial. Si uno de los cónyuges posee activos (por ejemplo, una participación en una empresa, una vivienda heredada, reliquias familiares, patrimonio adquirido previo al matrimonio) y desea legar dichos activos a otra persona que no sea el otro cónyuge, o bien, si el testamento de uno de los cónyuges deja activos en un fideicomiso para el cónyuge supérstite, es indispensable que se formalice un acuerdo prenupcial en el que se renuncie a los derechos conyugales tras la defunción. Por supuesto, en un acuerdo prenupcial también se puede exigir al difunto que proporcione al cónyuge supérstite un monto mínimo que difiera del exigido por la ley estatal (incluso un monto mayor que el mínimo de la ley estatal).

Otras consideraciones

Cuando un matrimonio termina pueden presentarse conflictos, ya sea entre los cónyuges que se divorcian o entre los hijos del cónyuge difunto y el cónyuge supérstite. El conflicto puede remitir el acuerdo prenupcial al tribunal, donde una de las partes buscará que el acuerdo se haga cumplir y la otra parte buscará que sea invalidado. Aunque cada estado tiene diferentes normas relativas al cumplimiento de los acuerdos prenupciales, hay varias medidas generales que usted puede tomar para lograr que sea más probable que su acuerdo se haga cumplir.

  • Divulgación: El hecho de no divulgar por completo los activos al elaborar un acuerdo prenupcial puede poner en riesgo la validez del acuerdo. La renuncia de derechos generalmente no es válida si no se hace con el pleno conocimiento de aquello a lo que se está renunciando. El hecho de no divulgar por completo los activos y las posibles herencias futuras, lo que incluye su valor, puede invalidar el acuerdo. 
  • Asesoría: Cada una de las personas que celebran un acuerdo prematrimonial deben estar representadas por un abogado separado. El hecho de no contar con representación adecuada a menudo es un factor que se cita cuando una persona busca invalidar un acuerdo prenupcial. Además, las normas de ética de los abogados impedirían que el mismo abogado represente a las dos partes. 
  • Plazo: Es más probable que un tribunal confirme un acuerdo prematrimonial cuando las partes han tenido un tiempo "suficiente" para revisar los términos del acuerdo con un abogado. Por supuesto, lo que constituye "suficiente" lo determina el tribunal que revisa el acuerdo prematrimonial y los hechos y circunstancias de su ejecución. Cuanto más próxima sea la formalización del acuerdo a la celebración del matrimonio, más probabilidades de éxito tendrá una impugnación. 

Mantenga la mente abierta

Sugerir un acuerdo prenupcial puede ser difícil. Aun así, las discusiones en torno a un acuerdo prenupcial pueden representar una manera para motivar una discusión franca entre la pareja y sus familias. Dichas discusiones permiten que la pareja y sus familias comprendan las ideas y expectativas de los otros en lo referente al dinero, los bienes, el apoyo y demás asuntos familiares. También les permite definir las normas financieras de su relación. Sostener dichas discusiones con una actitud abierta, comprensiva y empática puede dar lugar a un acuerdo válido y a un matrimonio más exitoso.

Busca ayuda

Cada una de las partes (e incluso quizás sus familias) necesitarán ayuda al discutir y elaborar un acuerdo prenupcial efectivo. Desde luego, se necesitarán abogados que tengan experiencia en derecho de las relaciones domésticas. Además, es posible que las partes y sus familias necesitan la ayuda de contadores y expertos en valuaciones a fin de elaborar divulgaciones financieras adecuadas. Por último, es conveniente que las partes revisen su situación financiera con un asesor financiero para determinar si el acuerdo financiero que cada uno realice para el otro será adecuado tanto en el presente como en el futuro.

Para obtener más información, por favor, comunícate con tu asesor de PNC Private Bank.